La Corte de Apelaciones de Coyhaique rechazó en fallo unánime el recurso de amparo presentado por la defensa del senador Miguel Ángel Calisto Águila. El parlamentario por la región de Aysén está siendo investigado como autor de fraude al fisco por el Ministerio Público.
La defensa había solicitado la revisión de dos puntos: la ampliación del plazo de investigación y una cautela de garantías. Los ministros Natalia Rencoret Oliva, Pedro Castro Espinoza y Luis Aedo Mora estimaron que la decisión previa del Juzgado de Garantía de Coyhaique no constituye una amenaza a la libertad ni a la seguridad individual del senador, respaldando lo resuelto el 4 de septiembre pasado por el magistrado Mario Devaud Ojeda.
El argumento de la defensa se centró en que el acceso a nuevos antecedentes incorporados en soportes digitales resulta indispensable para revisar la evidencia y ejercer una adecuada representación. La abogada defensora Camila Olivares Jarpa señaló que cuando se aportan estos nuevos antecedentes es cuando cambia también la versión de Rolando Cárcamo respecto de sus declaraciones anteriores, y que ahora se le imputan a Calisto hechos constitutivos de delitos sobre la base de esas nuevas declaraciones. Por esa razón, argumentó Olivares, la defensa necesita tanto acceder a esos antecedentes como contar con un plazo suficiente para revisar la evidencia.
"Estima esta parte que no puede quedar al arbitrio del ente persecutor qué antecedentes son relevantes o no de ser conocidos por la defensa", expresó la abogada.
La Fiscalía, a cargo del fiscal Luis Contreras Alfaro, rebatió que las diligencias se han desarrollado conforme a los procedimientos. Agregó que a partir de las propias declaraciones prestadas por otros imputados se abrieron aristas independientes. Contreras Alfaro explicó que atendido lo declarado por los imputados Callisgraf y Rolando Cárcamo, se abrieron cuatro investigaciones distintas, dejando constancia de los RUC correspondientes: un fraude respecto de una camioneta, un supuesto delito de tráfico de influencias, un supuesto delito de apropiación indebida referido a aportes de dos embajadas más una fundación de los Estados Unidos, y un supuesto delito de fraude al fisco con una empresa en relación a alimentos que se entregan a Junaeb.
"Cuatro hechos completamente separados", precisó el fiscal de la causa.
Con estos antecedentes, los ministros de la Primera Sala concluyeron que no existe una privación, perturbación ni amenaza ilegal sobre las garantías constitucionales del amparado. Mantuvieron firme la resolución del tribunal de garantía y el curso de las indagatorias judiciales.